«El Tribunal Supremo ha dictaminado que se debe aplicar un IVA del 4 % al pan especial, en lugar del 10 % actual, y equipararlo así al pan común, que disfruta de un IVA superreducido del 4 %.
El pan especial sin gluten, al igual que el pan especial normal, tiene un IVA actualmente del 10 %. Desde la Federación de Asociaciones de Celiacos de España nos hemos puesto en contacto con el Ministerio de Hacienda para que nos confirme este punto, sin embargo, nos ha emplazado a tener más información al respecto de esta sentencia para dar una respuesta».
Desde FACE confían en que esta medida se aplicará también al pan especial sin gluten, y nos irán informando.
AQUÍ tienes la noticia completa de FACE, y AQUÍ la información relativa a la sentencia del Tribunal Supremo.